Este resultado es solo de referencia. Reproduce las fórmulas de la escala del art. 36 y de los arts. 54, 56, 58 y 60 de la Ley 9459 (texto según Ley 11.042), pero no reemplaza la regulación judicial de honorarios, que puede apartarse de este cálculo según las circunstancias del caso. Verificá siempre con la escala vigente y con criterio profesional antes de usarlo frente a un cliente o un tribunal.
Colegio de Abogados de Córdoba · Ley 9459 (t.o. Ley 11.042)
Calculadora de honorarios
Declaratoria de herederos y juicio sucesorio
Ingresá el monto base de los bienes del acervo hereditario para estimar los honorarios de los trámites más habituales: el escrito inicial y la declaratoria (art. 54), el juicio sucesorio (art. 56), las sucesiones sin incidentes (art. 58) y los honorarios de peritos (art. 60).
Trámite posterior a la declaratoria
Tracto abreviado de mueble registrable
Para el abogado que no intervino en la declaratoria y solo comparece a pedir la transferencia directa al adquirente (automotor, moto, etc.). La Ley 9459 no lo prevé expresamente: no corresponden los arts. 54 ni 58, y se regula por la tarea autónoma cumplida.