Este resultado es solo de referencia. Reproduce las fórmulas de la escala del art. 36 y de los arts. 54, 56, 58 y 60 de la Ley 9459 (texto según Ley 11.042), pero no reemplaza la regulación judicial de honorarios, que puede apartarse de este cálculo según las circunstancias del caso. Verificá siempre con la escala vigente y con criterio profesional antes de usarlo frente a un cliente o un tribunal.

Valor del Jus…
Unidad Económica…
Vigencia informada—
Origen del datoconsultando…

Colegio de Abogados de Córdoba · Ley 9459 (t.o. Ley 11.042)

Calculadora de honorarios
Declaratoria de herederos y juicio sucesorio

Ingresá el monto base de los bienes del acervo hereditario para estimar los honorarios de los trámites más habituales: el escrito inicial y la declaratoria (art. 54), el juicio sucesorio (art. 56), las sucesiones sin incidentes (art. 58) y los honorarios de peritos (art. 60).

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Trámite posterior a la declaratoria

Tracto abreviado de mueble registrable

Para el abogado que no intervino en la declaratoria y solo comparece a pedir la transferencia directa al adquirente (automotor, moto, etc.). La Ley 9459 no lo prevé expresamente: no corresponden los arts. 54 ni 58, y se regula por la tarea autónoma cumplida.

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